En Argentina, la elección de la estructura legal adecuada para una empresa es crucial. Dos formas comunes de organización son las Sociedades Anónimas (SA) y las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL). Cada una tiene sus propias características y ventajas, lo que hace esencial entender las diferencias y similitudes entre ellas.
En este artículo, te cuento detalladamente las características fundamentales de ambas, proporcionando una guía esencial para quienes buscan establecer su presencia en Argentina.
Sociedades Anónimas
Capital Social
- En las SA, el capital social está dividido en acciones.
- Las acciones pueden ser nominativas o al portador, lo que ofrece flexibilidad en la transferencia de propiedad.
Responsabilidad de los Accionistas
- Los accionistas tienen responsabilidad limitada al monto de sus acciones suscriptas.
- La responsabilidad se limita a la participación de cada accionista en la sociedad.
Número de Socios
- Se requiere un mínimo de dos accionistas para formar una SA.
- No hay un límite máximo en cuanto al número de accionistas.
Administración
- La administración puede ser realizada por un directorio o por un directorio y un presidente.
- Mayor flexibilidad en la toma de decisiones debido a la estructura jerárquica.
Sociedades de Responsabilidad Limitada
Capital Social
- El capital social está dividido en cuotas.
- Las cuotas no son libremente transferibles, lo que brinda un mayor control sobre la propiedad.
Responsabilidad de los socios
- Los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado.
- La responsabilidad se limita al monto de las cuotas de cada socio.
Número de socios
- Se requiere un mínimo de dos socios para formar una SRL.
- Existe un límite máximo en cuanto al número de socios, generalmente no más de 50.
Administración
- La administración puede ser realizada por uno o más gerentes designados por los socios.
- La toma de decisiones puede ser más ágil y directa debido a la menor estructura jerárquica.
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Similitudes entre SA y SRL
Constitución Legal
- Ambas requieren una escritura pública para su constitución.
- Deben registrarse en la Inspección General de Justicia (IGJ) o Dirección de Personas Jurídicas que corresponda a cada provincia para obtener su personería jurídica.
- Tanto en las SA como en las SRL, los socios o accionistas tienen responsabilidad limitada.
- Ambas formas de sociedad pueden tener una duración indefinida o limitada, según lo establecido en su contrato social.
Impuestos
- SA: El capital social se divide en acciones, que pueden ser nominativas o al portador, brindando flexibilidad en la transferencia de propiedad.
- SRL: El capital social se divide en cuotas, las cuales no son fácilmente transferibles, proporcionando un mayor control sobre la propiedad.
Responsabilidad de los Miembros
- SA: Los accionistas tienen responsabilidad limitada al monto de sus acciones suscritas, limitando su riesgo financiero.
- SRL: Los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado, evitando que su patrimonio personal se vea comprometido por las deudas de la empresa.
Número de Socios
- SA: Se requiere un mínimo de dos accionistas para formar una SA, sin un límite máximo en cuanto al número de accionistas.
- SRL: Se necesita un mínimo de dos socios para constituir una SRL, con un límite máximo generalmente no superior a 50 socios.

Administración
- SA: Puede ser administrada por un directorio o por un directorio y un presidente, brindando una estructura jerárquica más compleja.
- SRL: La administración puede recaer en uno o más gerentes designados por los socios, permitiendo una toma de decisiones más ágil y directa.
Transferencia de Acciones o Cuotas
- SA: Las acciones son transferibles libremente, facilitando la entrada o salida de nuevos accionistas.
- SRL: Las cuotas no son fácilmente transferibles, lo que proporciona un mayor control sobre la entrada de nuevos socios.
Flexibilidad en Decisiones
- SA: Mayor flexibilidad en la toma de decisiones debido a la estructura jerárquica y la posibilidad de tener un directorio.
- SRL: La toma de decisiones puede ser más ágil y directa debido a la menor estructura jerárquica y la designación de gerentes.
Duración de la Sociedad
- SA y SRL: Ambas pueden tener una duración indefinida o limitada, dependiendo de lo establecido en su contrato social.
Límite en Responsabilidad
- SA y SRL: Ambas ofrecen a los miembros una responsabilidad limitada, protegiendo sus activos personales de las deudas de la empresa.
Es fundamental asesorarse adecuadamente y considerar cuidadosamente las implicancias legales y financieras antes de tomar una decisión. En última instancia, ambas estructuras ofrecen opciones viables para emprendedores y empresarios, cada una con sus propias ventajas y desafíos.